ASNO CATALÁN
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LAS REFERENCIAS A TRAVÉS DE LOS SIGLOS: PROHIBICIONES Y DESTIERROS
         
         
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LAS REFERENCIAS A TRAVÉS DE LOS SIGLOS: PROHIBICIONES Y DESTIERROS

En cuanto a referencias escritas, el asno Catalán se conoce desde la antigüedad. Algunas citas en textos romanos, de Varrón y Plinio el Viejo, ya presuponen su existencia y comercialización. Durante la época romana la tribu que habitaba la “Plana de Vic” (comarca de Osona, Barcelona), importante zona de cría de asno Catalán, era conocida con el nombre de Ausetana. Todavía hoy, en algunas naciones, como por ejemplo Argentina, al asno Catalán se le conoce como Raza Ausetana. No debemos olvidar el gran interés que los romanos tuvieron para la hibridación del asno con la yegua. Sin embargo, únicamente se habla de asnos, y el topónimo “catalana”, no aparece en documento escrito hasta el año 938. Concretamente en un pergamino de los Archivos de la Corona de Aragón, fechado el 26 de julio, donde se describe la venta que realiza un matrimonio a la abadesa del monasterio de San Joan de les Abadesses (cercano a Ripoll) de una heredad o alodio situado en el pueblo de Castellar de N’Hug, por el precio de diez yeguas de vientre y una mula catalana de gran alzada. Asimismo, y en los mismos Archivos, se cita con fecha 18 de octubre del año 955, la concesión que hace el Conde de Besalú (Conde Oliva) a los habitantes del pueblo de Tragurà, para que en su término no pueda introducirse otro ganado del que les pertenezca, y de que gocen las burras garañoneras catalanas de los mejores pastos. En documentos del s.XII, como los Cartularios de los Monasterios de Poblet y Santes Creus (Tarragona), se relacionan compras o cesiones de garañones y burras catalanas; y la Orden del Císter, que fundó ambos monasterios, exigía a sus monjes limosneros que montasen “mulas catalanas de gran porte y docilidad”. En esa época, en el protocolo de entrada de los obispos en sus diócesis también se exigía una mula como cabalgadura del prelado (Romagosa, 1959).

La cotización y cría de asnos y mulas fue en aumento durante la Edad Media, con el consiguiente decremento de la cría caballar. Y para poner freno a esta tendencia, los Reyes Católicos a partir de 1494, publican diversas Reales Ordenes prohibiendo la cría mulatera en España. Anteriormente, en el año 1462, Enrique IV de Castilla ya había prohibido el uso de garañones sobre yeguas en los reinos de Andalucía y en los pueblos de Toledo hasta la izquierda del Tajo. Las prohibiciones reales contra la cría mular se fueron sucediendo (Felipe III 1598 a 1621; Carlos IV 1789, etc.), con multas y destierros para los infractores, hasta que, en 1834, por un Real Decreto del 17 de febrero de dicho año, se levantan enteramente las restricciones para los cruzamientos de yeguas con asnos. Estas prohibiciones no fueron exclusivas de España, Romagosa (1959) nos cuenta que en la comarca del Poitou, en la Francia de 1770, se ordenó la castración total de todos los garañones y pollinos menores de un año.

Pero a pesar de las prohibiciones de la cría mulatera la producción de asnos continuó, y con ella las exportaciones. Aunque, en diferentes épocas, también estuvo prohibida la exportación de garañones, en la creencia de que era contraproducente para la ganadería nacional. La última Real Orden de exportación se promulgó, por el Ministerio de Hacienda durante el reinado de Alfonso XIII, el 27 de julio de 1918, y estuvo vigente hasta el año 1922.

 

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Última actualización: noviembre 2004